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EN LIBERTAD EL 31 DE OCTUBRE 2013

Camara de Diputados aprueba Dictamen

Camara de Diputados aprueba Dictamen de la Comisión de Justicia, por el que se adiciona un artículo 97 Bis al Código Penal Federal: por 442 votos a favor y ninguno en contra. (El Dictamen fue aprobado en el Senado de la República por 77 votos a favor y ninguno en contra)

Quedamos a la espera de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, al día siguiente entrará en vigor.




PROYECTO DE DECRETO


POR EL QUE SE ADICIONA UN ARTÍCULO 97 BIS AL CÓDIGO PENAL FEDERAL.

Artículo Único.  Se adiciona un artículo 97 Bis al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 97 Bis.- De manera excepcional, por sí o a petición del Pleno de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el Titular del Poder Ejecutivo Federal podrá conceder el indulto, por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal, y previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que se demuestre que la persona sentenciada no representa un peligro para la tranquilidad y seguridad públicas, expresando sus razones y fundamentos, cuando existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada.


El Ejecutivo Federal deberá cerciorarse de que la persona sentenciada haya agotado previamente todos los recursos legales nacionales.

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de octubre 2013.
 

Fuente: http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2013/oct/20131029-X.pdf

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