Patishtán: injusticia emblemática
El pasado miércoles, la
primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
rechazó discutir el reconocimiento de inocencia solicitado por la
defensa de Alberto Patishtán, indígena tzotzil preso desde 2000 y
condenado a 60 años de prisión por el asesinato de siete policías en la
comunidad chiapaneca de El Bosque. En el razonamiento de la mayoría de
los magistrados que integran dicha sala del máximo tribunal, el caso no
reúne los elementos de
importancia y trascendencianecesarios para que la Corte lo revise y lo resuelva, y debe ser conocido, en todo caso, por un tribunal colegiado.
Más allá de los tecnicismos jurídicos aducidos por la Suprema Corte
para justificar su decisión ante la opinión pública, el hecho es que los
vicios y las faltas al debido proceso judicial observados en el caso de
Alberto Patishtán no son menos graves y escandalosos que los que
prevalecieron en los casos de la ciudadana francesa Florence Cassez y de
los autores materiales de la matanza de Acteal, ambos revisados en su
momento por el máximo tribunal y saldados con la liberación de los
inculpados. Como han señalado y documentado ampliamente diversos
organismos humanitarios nacionales e internacionales, el expediente de
Patishtán está plagado de irregularidades desde el momento de su
detención, realizada sin orden de aprehensión alguna, a las que deben
sumarse las numerosas violaciones procesales que sufrió posteriormente.
Para colmo, la principal prueba empleada en su contra –el testimonio
inculpatorio del único sobreviviente en el ataque referido– fue
desvirtuada por las propias autoridades judiciales responsables del
caso, a grado tal que liberaron a otro de los inculpados en el mismo
episodio y con el mismo testimonio. No es gratuito, en suma, que para
muchos sectores de la opinión pública nacional e internacional la
resolución del pasado miércoles genere sentimientos de
disgusto y tristeza, como lo sintetizó ayer en una misiva el escritor británico John Berger.
Tal circunstancia refleja un doble rasero y un criterio
discriminatorio inadmisibles por parte de los integrantes de la SCJN,
que hace obligado preguntarse si las referidas decisiones del máximo
tribunal en el sentido de liberar a personas sentenciadas por faltas al
debido proceso se han apegado estrictamente a criterios de índole
jurídica o si han incidido en ellas presiones políticas y de poderes
fácticos tanto externos como internos.
Más allá de la inconsistencia señalada, el fallo de la SCJN convalida
el extravío y la descomposición exasperantes de los aparatos de
procuración e impartición de justicia en el país, que se refleja en el
abuso del poder, en la fabricación de culpables, en el empleo faccioso y
discrecional de las leyes, en la discriminación y la violación a las
garantías individuales, y en el ensañamiento particular con que suelen
desempeñarse tales instituciones al momento de relacionarse con
individuos pertenecientes a las comunidades originarias, los cuales se
ven sistemáticamente imposibilitados de ejercer plenamente sus derechos y
sometidos al abuso y al atropello del poder público. En el caso de
Patishtán, ese ensañamiento ha podido observarse tanto en el injusto
proceso judicial en su contra como durante su encarcelamiento, marcado
por la indolencia de las autoridades penitenciarias ante la degradación
en la salud del indígena tzotzil y por los injustificables traslados a
múltiples penales en Chiapas e incluso en Sinaloa.
La decisión de la SCJN, por último, reduce las posibilidades de
liberación de Patishtán a una sentencia en ese sentido por parte del
tribunal colegiado a que se turne su caso –perspectiva que luce poco
probable– y a un indulto presidencial. El titular del Ejecutivo tiene
ante sí, en suma, la oportunidad de reconocer y subsanar una profunda
injusticia que adquiere, por las razones enunciadas, el carácter de
emblemática.